
Honorarios transparentes.

Te ayudan a recuperar tu dinero.
Si tienes una tarjeta revolving da igual de que entidad financiera sea, te ayudamos con la reclamación para que puedas recuperar tu dinero. Ayudar a nuestros clientes con tarjetas Wizink, IKEA family, Carrefour pass y muchas otras está en nuestra orden del día, por eso no esperes más en hacer valer tus derechos.

¡El 100% de la cantidad recuperada y los intereses legales son para ti!
Nuestros honorarios los paga la entidad bancaria.
¿Que ocurre si no ganamos con costas? (1% de los casos)
Sólo cobramos una vez finalizada todo el proceso. Nuestros honorarios son de un 15% + IVA de la cantidad que has conseguido.
Nos envías toda la información que dispongas sobre la tarjeta, es decir el contrato y/o las liquidaciones que te haya remitido mensualmente la entidad. Podremos reclamar, aunque no la dispongas toda.
Una vez tengamos la documentación, te informaremos de si la reclamación es viable, y en este caso, del importe que recuperarías.
Con tu consentimiento, enviamos un requerimiento a la entidad pidiendo que devuelvan los intereses, gastos y comisiones que te hayan cobrado. Le concedemos un plazo de 1 mes para que contesten, tal y como existe la jurisprudencia.
Si transcurrido este plazo, sin que la entidad haya contestado, o si ha contestado oponiéndose a la devolución interesada, interponemos la demanda.
Para el procedimiento, nos tendrás que apoderar en el juzgado, pudiendo hacer este trámite on-line. En cuanto a la duración del procedimiento judicial, depende de cada Juzgado, pero no suele ser excesivamente largo en el tiempo. Normalmente, desde que se presenta la demanda, en unos 6 meses ya habrás cobrado.
Somos un despacho de abogados constituído en el año 2000.
Durante los primeros años de ejercicio profesional tuvimos la ocasión de conocer las distintas materias del Derecho, sin embargo, con el tiempo y la necesidad que requiere el Derecho de especializarse, centramos nuestros esfuerzos esfuerzos en el Derecho Civil y Mercantil, y en especial, en todo lo relativo al Derecho Bancario, llevando a cabo una continua formación en estas materias.
Todo ello sin abandonar las demás ramas del derecho (penal, administrativo…), haciendo un despacho multidisciplinar, rodeado de profesionales de las distintas ramas del Derecho, por lo que podemos ofrecer al cliente un servicio jurídico integral, facilitándole soluciones a cualquier problema jurídico que le pueda surgir, ya sea empresa o persona física.
Es una tarjeta que permite hacer compras y aplazar su pago. Básicamente es un préstamo, pero sin necesidad de acudir cada vez a una entidad bancaria para solicitarlo.
Lo más característico de este tipo de tarjetas es que, a medida que se va amortizando el préstamo, puedes volver a disponer del importe amortizado.
Ejemplo: en tu tarjeta te conceden un límite de 3.000 €, que lo usas al instante. Durante 6 meses vas pagando cuotas, de forma tal que, por ejemplo, transcurrido dicho plazo has amortizado 300 € de principal (ahora debes 2.700 €). Con la tarjeta revolving puedes comprar lo que quieras por esos 300 €, renovándose por tanto el préstamo.
En dos supuestos:
Es práctica muy habitual (sobre todo de Wizink) que tras la Sentencia que declaró abusiva el tipo de interés de las tarjetas revolving en 2020, bajen los tipos de interés hasta el 20%, haciendo creer al cliente que ahora sí que cumple la legalidad.
No obstante, esta circunstancia no afecta a la reclamación, pues lo que interesa es el tipo de interés que consta en el contrato inicial. Si en ese momento el interés superaba el 20%, lo normal es que sea abusiva y te deban devolver lo pagado que supere el principal.
Si tienes una tarjeta con la que hayas comprado o sacado dinero del cajero, y estés pagando a final de mes un importe más o menos fijo, es que tienes una tarjeta revolving.
El Tribunal Supremo ha establecido que las entidades bancarias que hayan cobrado tipos de interés excesivos, vendrán obligados a devolver todo el interés que hayan cobrado. En esos casos, el cliente tan sólo deberá devolver el principal que le haya prestado la entidad.
En el caso de las tarjetas revoling, prácticamente la totalidad de las comercializadas antes de 2020 tenían intereses abusivos
Prácticamente la totalidad de las tarjetas contratadas antes de 2020 son abusivas y se puede recuperar tu dinero. Es decir, si adquiriste la tarjeta antes de 2020, aunque a día de hoy la estés usando, seguro que tienes derecho a que se te devuelvan los intereses.
Y las contratadas con posterioridad a 2020, si el tipo de interés supera +-21%, según la provincia donde vivas, también son declaradas abusivas.
Se recupera el interés que hayas pagado así como cualquier comisión que te hayan cobrado (por ejemplo, la comisión que te cobran si te has retrasado en el pago de una cuota, el seguro que te estén cobrando de la tarjeta….)
Por ejemplo: una persona, utilizando una tarjeta revolving, ha comprado una nevera de 1.000 €, y la va a pagar durante 10 cuotas de 120 €. Una vez haya pagado todas las cuotas habrá pagado 1.200 €.
En este caso, de ser declarado abusivo el tipo de interés (normalmente, así será), la entidad tendrá que devolverle 200 € más intereses desde cada uno de los pagos. Si además le han estado cobrando un seguro, también recuperaría ese importe.
Sí. Principalmente porque, en circunstancias normales, no te va a costar nada. Es decir, tan sólo puedes ganar.
No hay problema. Aunque hayas cancelado de la tarjeta, puedes reclamar la devolución de los intereses pagados de más
En principio será necesario disponer del contrato y las liquidaciones que remiten mensualmente la entidad.
Sino se dispusiera del contrato o de todas las liquidaciones, la reclamación se podría iniciar con tan sólo una liquidación, pero en este caso, el procedimiento se alargaría en el tiempo. Igualmente, en este caso, hasta no disponer de todas las liquidaciones no podríamos calcular el importe exacto que te devolverán.