¿Quieres reclamar la comisión de apertura de tu préstamos hipotecarios?

Si firmaste un préstamo personal o una hipoteca y pagaste comisión de apertura, es muy posible que puedas reclamarla y recuperar entre 500 € y 2.000 €, o incluso más.
Muchos bancos han aplicado esta comisión sin justificarla correctamente.
icono reclama2

Reclamar la comisión de apertura de tu hipoteca sin coste inicial.

Te la devolvemos sin coste inicial.

Solo cobramos si tú cobras.

¿Qué conseguimos por ti?

reclamacion intereses
Estudio gratuito de tu caso
reclamacion intereses
Reclamación extrajudicial al banco
reclamacion intereses
Demanda judicial si es necesario

Sin coste inicial.
Conorarios transparentes.

Abogados especializados en tarjetas revolving.

¿Qué es la comisión de apertura y por qué se puede reclamar?

La comisión de apertura es un importe que los bancos cobran al conceder un préstamo, supuestamente para cubrir costes administrativos o de estudio.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha establecido que muchas de estas comisiones pueden considerarse abusivas cuando:
No están correctamente justificadas
No se explicó claramente al cliente
No existe un servicio real asociado
Superan el 1,5%
En préstamos personales, especialmente cuando supera el 1,5%, suele ser reclamable en la mayoría de casos.

Si la pagaste, puedes reclamar la comisión de apertura de tu hipoteca e intereses legales.

¿Cuánto dinero se puede recuperar al reclamar la comisión de apertura?

La media de devolución está entre 500 € y 2.000 €, aunque depende del importe del préstamo.

Préstamo personal de 20.000 €

400 € recuperables + intereses

Hipoteca de 150.000 €

2.700 € recuperables + intereses

¿Quien puede reclamar?

Comisiones de apertura superiores al 1,5 % del importe del préstamo

reclamacion Prestamo hipotecario

Préstamo hipotecario

Comisiones de apertura superiores al 1,5 % del importe del préstamo
reclamacion Prestamo hipotecario

Préstamo personal

También puedes reclamar si firmaste un préstamo personal para gastos particulares, por ejemplo financiación de coche o moto, reformas del hogar, estudios, viajes…

En el 99% de los casos ganamos con condena en costas.

¿Y en el 1% que no hay costas?

Sin riesgos. Sin adelantos.
Sin sorpresas.
Nos envías toda la información que dispongas sobre la tarjeta, es decir el contrato y/o las liquidaciones que te haya remitido mensualmente la entidad. Podremos reclamar, aunque no la dispongas toda.
Una vez tengamos la documentación, te informaremos de si la reclamación es viable, y en este caso, del importe que recuperarías.
Con tu consentimiento, enviamos un requerimiento a la entidad pidiendo que devuelvan los intereses, gastos y comisiones que te hayan cobrado. Le concedemos un plazo de 1 mes para que contesten, tal y como existe la jurisprudencia.
Si transcurrido este plazo, sin que la entidad haya contestado, o si ha contestado oponiéndose a la devolución interesada, interponemos la demanda.
Para el procedimiento, nos tendrás que apoderar en el juzgado, pudiendo hacer este trámite on-line. En cuanto a la duración del procedimiento judicial, depende de cada Juzgado, pero no suele ser excesivamente largo en el tiempo. Normalmente, desde que se presenta la demanda, en unos 6 meses ya habrás cobrado.

¿Qué documentación necesitas?

Escritura del préstamo
Contrato de préstamo personal

¿No tienes el contrato?

No te preocupes si no tienes el contrato: nosotros lo solicitamos por ti, sin ningún coste.

Solo necesitamos:

  • Que el contrato siga en vigor, o que no hayan pasado más de 6 años desde su cancelación
  • Que nos envíes un recibo del préstamo o cargo bancario (puede ser una foto o PDF)

Con esos datos, pediremos al banco una copia oficial del contrato para estudiar si la comisión de apertura es reclamable. En la mayoría de los casos, el banco está obligado a facilitarlo.

Realizamos un estudio y asesoramiento de tu caso totalmente gratis

Hemos ganado más de 500 casos en el último año.